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Mejoras para el usuario en el nuevo Real Decreto sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler

Abr 2, 2019 | Noticias Adicae | 0 Comentarios

Tras la publicación del nuevo RD Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, desde ADICAE Andalucía queremos destacar algunas mejoras que este Real Decreto Ley ofrece a los usuarios y usuarias:

  1. En cuanto a la duración de los contratos, se establece que el periodo mínimo pasa a ser de 5 años en el caso de que el arrendador sea una personas física, y 7 años en el caso de que sea una persona jurídica. Todo esto supone, que cada contrato que se celebre a partir de la entrada en vigor de la norma, debe establecer la antedicha duración.
  2. En segundo lugar, el tiempo de preaviso para finalizar el contrato por parte del arrendador es de 4 meses, mientras que, con la regulación anterior tenía un plazo de 30 días .

Por otro lado, la parte arrendadora dispone de 2 meses para avisar de que va a dejar la vivienda.

En el caso de que las partes no manifiesten la voluntad de renovar el contrato, este se entenderá como renovado de manera tácita por un periodo de 3 años, por lo que la duración del contrato, en el caso de las personas físicas, se prolongará hasta los 8 años de duración, mientras que en el caso de las personas jurídicas, el contrato se alargaría hasta los 10 años.

  1. Con esta nueva regulación, la renta solo se podrá actualizar cuando se cumpla cada año de vigencia del contrato, siempre que se hubiese pactado por las dos partes. Si no se hubiese pactado nada, no se podrá aplicar subida alguna.

El índice de aplicación que se aplicará por defecto, (esto es, en el caso de que ninguna de las partes pacten el índice) será el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que suele estar por debajo del IPC.

  1. Se fija un límite de dos mensualidades como garantía o depósito legal por parte de la persona arrendataria.
  2. Por último, se fija que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán a cargo del arrendador, siempre y cuando, el arrendatario sea una persona jurídica.

Desde ADICAE, creemos que las mejoras tras la nueva regulación, a pesar de ser positivas, son insuficientes, por lo que reclamamos que se aumente la protección de los inquilinos y se establezcan medidas para el control de la subida de precios que dificultan el acceso a la vivienda para las personas consumidoras.

¿Y tú, que mejorarías de este nuevo Real Decreto Ley?

Pulsando en el siguiente enlace puedes consultar la disposición legislativa completa.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3108