Una parte importante del consumo, es sin duda, el consumo de ocio. Muchas veces desconocemos los derechos que tenemos cuando acudimos a algún tipo de evento o espectáculo, es por esto, que desde ADICAE queremos manteneros informados sobre este tema.
Siempre que acudimos a un espectáculo, bien sea un concierto, un evento deportivo, una película en una sala de cine etc., la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía nos ampara para que disfrutemos del evento con cierta tranquilidad como consumidores y consumidoras.
Estos derechos vienen recogidos en el artículo 15 de dicha ley, y entre ellos se encuentran:
- A que el espectáculo o la actividad recreativa se desarrolle, se ofrezca y se reciba por los asistentes en las condiciones y en la forma en que se hayan anunciado por la empresa.
- A la devolución, en los términos que reglamentariamente se determinen, de las cantidades satisfechas por la localidad o billete y, en su caso, de la parte proporcional del abono cuando el espectáculo sea suspendido o sea modificado en sus aspectos esenciales, todo ello sin perjuicio de las reclamaciones que, conforme a la legislación civil o mercantil, pudieran plantear.
- A que se les facilite y a utilizar los impresos oficiales de quejas y reclamaciones, de acuerdo con los requisitos y en las condiciones exigibles en la normativa de aplicación en materia de defensa de los consumidores y usuarios.
- A recibir un trato respetuoso y no discriminatorio por motivo alguno
- A ser admitido en el establecimiento público en las mismas condiciones objetivas que cualquier otro usuario, siempre que la capacidad del aforo lo permita y no concurra alguna de las causas de exclusión por razones de seguridad o alteración del orden que reglamentariamente se determinen.
Por último, si queremos reclamar sobre cualquier incidencia, habrá que poner una hoja de reclamación donde se haya realizado el espectáculo y llevar las copias pertinentes a la delegación de consumo más cercana.